Autorizaciones de Manejo Vehicular

Para salir del país con un vehículo ajeno, Aduana exige la autorización del titular certificada ante escribano.

Desde mayo de 2024, para circular dentro de la Argentina con un vehículo ajeno no se exige ninguna autorización. La autorización notarial sigue siendo necesaria, en cambio, para salir del país con un automotor que no es propio: es el documento que exige la autoridad aduanera al conductor que no figura como titular registral.

¿Qué cambió desde mayo de 2024?

La Disposición 29/2024 de la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor (DNRPA) dejó sin efecto la cédula azul —la «Cédula de Identificación para Autorizado a Conducir»—, que ya no se emite. Las cédulas azules entregadas con anterioridad conservan validez hasta que cambie la titularidad del vehículo para el que fueron extendidas.

Para conducir dentro del territorio nacional un automotor que no está a su nombre, hoy alcanza con:

  • Licencia de conducir vigente y habilitante para el tipo de vehículo
  • Cédula verde del automotor, en formato físico o digital (desde el DNU 70/2023 no tiene vencimiento)

La Disposición 343/2024 habilitó además al titular a compartir la cédula digital con otros conductores desde la aplicación Mi Argentina, mediante la opción «habilitar a conducir»: la persona designada visualiza la cédula del vehículo en su propio perfil.

¿Cuándo sigue siendo necesaria la autorización notarial?

Para salir del país con un vehículo ajeno

Es el supuesto principal. Cuando quien conduce no es el titular registral, la autoridad aduanera exige la autorización del titular certificada ante escribano público para permitir el egreso temporario del automotor. Quien conserve una cédula azul emitida antes de mayo de 2024, todavía vigente, puede presentarla en su reemplazo.

La autorización digital anunciada en 2024 como reemplazo no se encuentra operativa a los fines aduaneros, de modo que la vía notarial continúa siendo el camino cierto para quien planea cruzar la frontera. Recomendamos otorgarla con anticipación al viaje.

Flotas empresariales y respaldo documental

Las empresas que asignan vehículos a su personal suelen instrumentar la autorización por escrito para dejar constancia de quién tiene atribuido el uso de cada unidad. Del mismo modo, un titular particular puede querer un documento con fecha cierta sobre el período en que cedió el uso de su vehículo, y la posibilidad de revocarlo de manera fehaciente.

Modalidades y requisitos

La escribanía otorga estas autorizaciones mediante escritura pública o mediante instrumento privado con certificación de firma y legalización. Pueden abarcar uno o varios vehículos y designar uno o más conductores autorizados. La duración puede ser determinada o indeterminada.

  • Datos completos del titular del vehículo (deben coincidir con la cédula verde)
  • Datos del poderdante y poder habilitante (si corresponde)
  • Datos completos del o los conductores autorizados
  • Datos del vehículo: patente, marca, modelo y año
  • Destino del viaje, cuando la autorización se otorga para salir del país
  • Duración de la autorización (determinada o indeterminada)

¿Qué documentos debe llevar el conductor para cruzar la frontera?

  • Documento de identidad (DNI o pasaporte, según el país de destino)
  • Licencia de conducir vigente y habilitante
  • Cédula verde del automotor (física o digital)
  • Autorización del titular certificada ante escribano público
  • Certificado de cobertura del seguro para el Mercosur («carta verde»)

Cada país de destino puede exigir requisitos adicionales. Consúltenos antes de viajar para verificar la documentación aplicable a su caso.

Exigida en frontera

Es el documento que requiere la autoridad aduanera cuando quien conduce el vehículo no es su titular registral.

Revocación

El titular puede revocar la autorización en cualquier momento. La revocación se instrumenta ante escribano y conviene notificarla de manera fehaciente al conductor.

Procesamiento el mismo día

El trámite se realiza el mismo día en que se proporciona toda la información necesaria. No es necesaria la presencia del conductor autorizado.

Múltiples vehículos

Una misma autorización puede abarcar uno o varios vehículos y designar uno o más conductores autorizados simultáneamente.

Preguntas frecuentes sobre autorizaciones de manejo

¿Necesito una autorización para que otra persona maneje mi auto dentro de la Argentina?

No. Desde mayo de 2024, la Disposición 29/2024 de la DNRPA derogó la cédula azul y no se exige ninguna autorización para conducir dentro del país un vehículo ajeno. Alcanza con que el conductor tenga su licencia vigente y habilitante, y con la cédula verde del automotor, en formato físico o digital.

¿Sigue vigente la cédula azul?

Ya no se emite. La Disposición 29/2024 de la DNRPA la dejó sin efecto en mayo de 2024. Las cédulas azules entregadas con anterioridad conservan validez hasta que cambie la titularidad del vehículo para el que fueron extendidas.

¿Qué necesito para salir del país con un vehículo que no es mío?

La autoridad aduanera exige la autorización del titular certificada ante escribano público para el egreso temporario del automotor. Quien conserve una cédula azul emitida antes de mayo de 2024, todavía vigente, puede presentarla en su reemplazo. Además debe llevar la cédula verde, la licencia de conducir y el certificado de cobertura del seguro para el Mercosur. Conviene otorgar la autorización con anticipación al viaje.

¿Necesita estar presente el conductor autorizado?

No. La autorización la otorga únicamente el titular del vehículo. El conductor autorizado no necesita concurrir a la escribanía ni firmar ningún documento.

¿Puede una empresa autorizar a sus empleados a conducir vehículos de la flota?

Sí. Las personas jurídicas pueden otorgar autorizaciones para sus vehículos. En ese caso, quien firma es el representante legal de la empresa, acreditando su calidad con la documentación societaria correspondiente.

¿Cuánto dura la autorización y cómo se revoca?

La duración puede ser determinada (con fecha de vencimiento específica) o indeterminada (vigente hasta que el titular la revoque). Recomendamos establecer un plazo determinado para mayor control y seguridad. La revocación se instrumenta ante escribano y conviene notificarla de manera fehaciente al conductor autorizado.

Importante: La autorización no reemplaza la licencia de conducir. El conductor debe contar con su licencia habilitante vigente y llevar consigo la cédula verde del vehículo.

¿Necesita transferir el vehículo?

Si en lugar de autorizar el uso del automotor lo que necesita es transmitir la titularidad, el trámite es diferente: la transferencia de dominio de automotor se realiza ante el Registro Seccional de la Propiedad del Automotor que corresponda. La escribanía puede asesorarlo sobre toda la documentación necesaria para la transferencia y verificar el estado del vehículo antes de la operación (libre de gravámenes, multas y deudas de patentes).

Comuníquese con nosotros para coordinar su autorización de manejo. El trámite es rápido y puede realizarse el mismo día. Llámenos al 4576-1539 o escríbanos a escribanovildosola@gmail.com.

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