Constituir una SA o SRL en CABA: paso a paso y el rol del escribano

Armar una empresa es mucho más que una decisión comercial: es elegir un traje jurídico que va a acompañar al negocio durante años. En la Ciudad de Buenos Aires, ese traje se inscribe en la Inspección General de Justicia (IGJ), y el escribano interviene desde el primer borrador del estatuto hasta la rúbrica de los libros. En esta guía repasamos el paso a paso completo para constituir una SA o una SRL y qué hace el escribano en cada etapa.

En resumen: la SRL se puede constituir por instrumento privado con firmas certificadas por escribano; la SA exige escritura pública. En ambos casos hay que redactar el estatuto, integrar el capital, publicar un edicto, obtener el dictamen de precalificación profesional y presentar el trámite ante la IGJ. Con los papeles en orden, la inscripción puede resolverse en pocos días (existe incluso un trámite urgente).

¿SA o SRL? La primera decisión

No hay un tipo social “mejor”: hay uno más adecuado para cada proyecto. Esta es la comparación rápida que hacemos en la primera reunión:

SRL SA
Capital Dividido en cuotas; sin mínimo legal Dividido en acciones; mínimo legal fijado por decreto (se actualiza periódicamente)
Socios 2 a 50 Desde 1 (SAU, con sindicatura) o 2 en adelante
Forma de constitución Instrumento público o privado con firmas certificadas Escritura pública (instrumento público, art. 165 LGS)
Administración Gerencia (uno o más gerentes) Directorio + asambleas con más formalidades
Transmisión de participaciones Cesión de cuotas: requiere instrumento y modificación inscripta Las acciones se transfieren con menos formalidad registral
Perfil típico Pymes, empresas familiares, estructuras simples Empresas con proyección de inversores, directorios plurales o grupos

El estatuto: el documento que define todo

El estatuto (o contrato social) fija denominación, sede, objeto, capital, órganos de administración y fiscalización, mayorías y fecha de cierre de ejercicio. Es el documento al que van a volver todos los conflictos futuros: cada cláusula que hoy parece un formalismo puede definir mañana quién controla la empresa. Por eso conviene redactarlo a medida y no copiar un modelo genérico.

El paso a paso completo

  1. Definir el tipo social, los socios y sus porcentajes. También quiénes van a administrar y cómo se van a tomar las decisiones.
  2. Elegir la denominación y verificar que no se superponga con otra inscripta (puede reservarse ante la IGJ).
  3. Redactar el estatuto con asesoramiento profesional.
  4. Otorgar el instrumento: escritura pública ante escribano (obligatoria en la SA, opcional y muy práctica en la SRL) o instrumento privado con todas las firmas certificadas.
  5. Integrar el capital: en los aportes en dinero, al menos el 25% al constituir y el saldo dentro de los dos años; los aportes en especie se integran completos.
  6. Publicar el edicto de constitución por un día en el Boletín Oficial (art. 10 LGS).
  7. Obtener el dictamen de precalificación profesional: cuando la constitución es por escritura pública, lo firma un escribano.
  8. Presentar el trámite ante la IGJ con formularios, tasas y la documentación completa.
  9. Inscripción: la sociedad queda regularmente constituida y oponible a terceros.
  10. Después de inscribir: rúbrica de libros sociales y contables, CUIT ante ARCA, alta de cuentas bancarias y registros que exija la actividad.

Qué hace el escribano en una constitución

  • Asesora sobre el tipo social y la redacción del estatuto.
  • Otorga la escritura de constitución o certifica las firmas del contrato.
  • Emite el dictamen de precalificación cuando el documento base es una escritura.
  • Diligencia la inscripción ante la IGJ y el edicto en el Boletín Oficial.
  • Tramita la rúbrica de los libros y deja la sociedad lista para operar.

¿Está por armar una sociedad? En una consulta revisamos su caso, definimos el tipo social y le pasamos un presupuesto cerrado de todo el trámite. Escríbanos por WhatsApp o desde la página de contacto.

Bonus: pedinos por WhatsApp el checklist gratuito de documentación para inscribir una sociedad en la IGJ (se lo mandamos en el momento).

Preguntas frecuentes

¿Cuánto tarda la inscripción en la IGJ?

Depende de la carga del organismo y de que la documentación esté completa. La IGJ ofrece además un trámite urgente con plazos abreviados. Lo que más demora suele ser la etapa previa: definir bien el estatuto.

¿Cuál es el capital mínimo?

La SRL no tiene mínimo legal, aunque el capital debe ser razonable para el objeto. La SA tiene un mínimo fijado por decreto que se actualiza periódicamente; conviene verificar el monto vigente al momento de constituir.

¿Puedo constituir la sociedad sin ir a la escribanía?

Buena parte del trabajo previo se resuelve a distancia (borradores, revisión de documentación). La firma de la escritura de constitución requiere presencia ante el escribano; coordinamos una sola reunión para firmar todo junto.

Importante: este artículo es informativo y general. La normativa societaria y registral (incluida la reglamentación de la IGJ) se actualiza con frecuencia; antes de decidir, consulte por su caso concreto.

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