Escribanía Vildósola
Dirección: Montevideo 665, 5to Piso Oficinas 508, CP 1019, CABA, Argentina
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Poderes Notariales ante Escribano Público
Los poderes son uno de los servicios mas solicitados en la Escribanía. A continuacióindicaremos que es necesario para poder otorgar un poder.
Pasos necesarios para otorgar un poder:
- Contactar a la escribanía para solicitar un turno
- Presentarse con el DNI en la escribaní y poder identificarse correctamente para acreditar ser la persona que otorga el poder o tener las facultades necesarias para poder otorgar el poder
- En caso de actuar en representació de una persona jurídica tiene que acreditar la personerí de la sociedad y demas documentació correspondiente que lo designa como representante válido de la sociedad
- Definir claramente el alcanze del poder que quiere otorgar
- Si no sabe con exactitud que que facultades necesita otrogar debe asesorarse con el escribano
- Poseer los datos de la persona designada como apoderado, nombre completo, numero de documento y demas informació relevante para poder ser designado
- Revisar la escritura
- Firmar la escritura
- Si el poder va a ser utilizado en una localidad que no sea la Ciudad Autonoma de Buenos Aires tiene que ser legalizado en el Colegio de Escribanos de la Capital Federal
Poderes Escribano Público
Existen mucha variedad de poderes notariales otrogados por un escribano púbilco. A continuación hacermos una breve explicación de que es un poder y su alcance.
Un poder notarial es un intrumento otorgado por una persona física o jurídica a favor de otra, otorgando facultades para realizar alguna acción o acciones concretas. Esto en palabras mas simples significa que un poder es un instrumento público pasado ante un escribano para otorgarle a otra persona o apoderado la o las facultades de poder actuar en su representación sobre hechos puntuales. Las facultades pueden ser amplias o muy puntuales, esto va a depender el fin que se le quiera dar y la relació entre las personas. Es muy importante estar bien asesorado en este punto ya que un poder puede otrogarle facultades totales a una persona para administrar y disponer de un bien. Esto significa que con un poder de administración amplio el apoderado puede disponer del bien de forma total e incluso venderlo y recibir el dinero cobrado por la venta.
Los poderes mas habituales son para cuestiones judiciales (Poderes Judiciales) y para la administración de bienes (Poderes de Administración y Disposición), pero se pueden otorgar para todo tipo de actos.
Un poder especial también puede ser conferido en forma irrevocable, siempre que así se establezca y sea para un asunto determinado, limitado en el tiempo y en razón de un interés legítimo de los contratantes o un tercero.
El poder se extingue naturalmente por incapacidad o muerte de quien lo otorga, salvo aquellos casos en que fue otorgado por el interés común del mandante y del mandatario, o de un tercero. Los poderes pueden ser revocados por el otorgante.
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