{"id":37,"date":"2026-08-15T10:25:34","date_gmt":"2026-08-15T13:25:34","guid":{"rendered":"https:\/\/www.escribaniavildosola.com.ar\/blog\/?p=37"},"modified":"2026-08-15T10:25:34","modified_gmt":"2026-08-15T13:25:34","slug":"boleto-de-compraventa-clausulas-antes-de-firmar","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.escribaniavildosola.com.ar\/blog\/boleto-de-compraventa-clausulas-antes-de-firmar\/","title":{"rendered":"Boleto de compraventa: 7 cl\u00e1usulas que revisar antes de firmar"},"content":{"rendered":"\n\n<p>El boleto de compraventa es, en la pr\u00e1ctica, el contrato m\u00e1s importante que usted va a firmar antes de la escritura: fija el precio, los plazos, las condiciones y las consecuencias si algo sale mal. Y sin embargo, en muchas operaciones se firma un modelo gen\u00e9rico que la inmobiliaria usa para todas sus ventas, le\u00eddo por primera vez minutos antes de poner la firma.<\/p>\n\n<p>En nuestra <a href=\"\/boleto-compraventa-inmuebles-escritura.html\">p\u00e1gina sobre escrituras y boletos de compraventa<\/a> explicamos qu\u00e9 es el boleto, en qu\u00e9 se diferencia de la reserva y de la escritura, y por qu\u00e9 ninguno de los dos transfiere la propiedad. Esta nota es la continuaci\u00f3n pr\u00e1ctica: las <strong>siete cl\u00e1usulas que conviene revisar \u2014con ayuda de un escribano\u2014 antes de firmar<\/strong>, y los errores m\u00e1s comunes que vemos en cada una.<\/p>\n\n<h2>Primero: qu\u00e9 es (y qu\u00e9 no es) el boleto<\/h2>\n\n<p>Dos ideas previas que ordenan todo lo dem\u00e1s:<\/p>\n\n<ul>\n  <li><strong>El boleto es un contrato privado.<\/strong> Obliga a las partes a escriturar, pero no lo convierte en due\u00f1o: la propiedad se adquiere reci\u00e9n con la escritura p\u00fablica inscripta en el Registro de la Propiedad Inmueble.<\/li>\n  <li><strong>Aun as\u00ed, un boleto bien hecho protege.<\/strong> Con fecha cierta y el pago de al menos el 25% del precio, el comprador de buena fe tiene prioridad frente a embargos posteriores y frente al concurso o quiebra del vendedor (art\u00edculos 1170 y 1171 del C\u00f3digo Civil y Comercial). Por eso conviene firmarlo con <strong>certificaci\u00f3n notarial de firmas<\/strong>: es la forma m\u00e1s simple de darle fecha cierta.<\/li>\n<\/ul>\n\n<p>Con eso claro, vamos a las cl\u00e1usulas.<\/p>\n\n<h2>1. Las partes y el inmueble: que todo coincida con el t\u00edtulo<\/h2>\n\n<p>Parece obvio y es donde aparecen los problemas m\u00e1s serios. Antes de firmar hay que verificar:<\/p>\n\n<ul>\n  <li><strong>Que quien vende sea el titular registral.<\/strong> No alcanza con el nombre en el boleto: hay que cotejarlo con el t\u00edtulo de propiedad y, idealmente, con un informe de dominio actualizado.<\/li>\n  <li><strong>Estado civil del vendedor.<\/strong> Si el inmueble es ganancial, la venta requiere el <a href=\"\/an\/asentimientos-consentimientos.html\">asentimiento del c\u00f3nyuge<\/a> (art\u00edculos 456 y 470 del C\u00f3digo Civil y Comercial); si es la vivienda familiar, el asentimiento tambi\u00e9n alcanza al conviviente cuando hay uni\u00f3n convivencial inscripta (art\u00edculo 522). Un boleto firmado sin ese asentimiento puede trabar toda la operaci\u00f3n.<\/li>\n  <li><strong>Si alguien firma por otro,<\/strong> que exhiba el poder y que ese poder alcance para vender ese inmueble. \u00abDespu\u00e9s te muestro el poder\u00bb no es una respuesta aceptable.<\/li>\n  <li><strong>La identificaci\u00f3n exacta del inmueble:<\/strong> nomenclatura catastral, matr\u00edcula, unidad funcional, cocheras y bauleras. Una cochera que se mencion\u00f3 de palabra pero no figura en el boleto es una discusi\u00f3n asegurada.<\/li>\n<\/ul>\n\n<h2>2. El precio: moneda, forma y lugar de pago<\/h2>\n\n<p>En Argentina la mayor\u00eda de las compraventas se pacta en d\u00f3lares, y esa sola decisi\u00f3n exige cl\u00e1usulas precisas:<\/p>\n\n<ul>\n  <li><strong>Moneda de pago.<\/strong> Si el precio es en d\u00f3lares billete, el boleto debe decir expresamente que el pago en esa moneda es condici\u00f3n esencial, y regular qu\u00e9 pasa si al momento de pagar existieran restricciones cambiarias: qu\u00e9 cotizaci\u00f3n se usa o qu\u00e9 mecanismo alternativo se acepta. Sin esa previsi\u00f3n, la discusi\u00f3n sobre los art\u00edculos 765 y 766 del C\u00f3digo Civil y Comercial \u2014cuyo texto adem\u00e1s fue modificado por el DNU 70\/2023\u2014 queda abierta; la cl\u00e1usula expresa sigue siendo la mejor protecci\u00f3n.<\/li>\n  <li><strong>Forma y lugar de pago.<\/strong> Efectivo en la escriban\u00eda, transferencia local o al exterior: cada opci\u00f3n tiene requisitos distintos de trazabilidad y justificaci\u00f3n de fondos. El boleto debe decir c\u00f3mo y d\u00f3nde se paga cada tramo.<\/li>\n  <li><strong>Qu\u00e9 parte del precio se paga con el boleto y qu\u00e9 parte al escriturar.<\/strong> Recuerde el umbral del 25%: superarlo mejora sensiblemente la posici\u00f3n del comprador.<\/li>\n<\/ul>\n\n<h2>3. La se\u00f1a: \u00bfconfirmatoria o con derecho a arrepentirse?<\/h2>\n\n<p>Es la cl\u00e1usula peor entendida del boleto. Desde el C\u00f3digo Civil y Comercial, <strong>la entrega de se\u00f1a se presume confirmatoria<\/strong>: salvo pacto en contrario, ninguna de las partes puede arrepentirse; la se\u00f1a es simplemente un pago a cuenta (art\u00edculos 1059 y 1060).<\/p>\n\n<p>Si las partes quieren conservar la facultad de arrepentirse \u2014el esquema cl\u00e1sico: el comprador pierde la se\u00f1a, el vendedor devuelve el doble\u2014, el boleto debe pactarlo <strong>expresamente<\/strong>. Revise entonces:<\/p>\n\n<ul>\n  <li>Si la se\u00f1a es <strong>confirmatoria o penitencial<\/strong>, y que eso coincida con lo que usted cree estar firmando.<\/li>\n  <li><strong>Hasta qu\u00e9 momento<\/strong> puede ejercerse el arrepentimiento (por ejemplo, hasta la fecha fijada para escriturar o hasta la constituci\u00f3n en mora).<\/li>\n  <li>Que el <strong>monto y la moneda<\/strong> de la se\u00f1a est\u00e9n documentados con recibo.<\/li>\n<\/ul>\n\n<h2>4. El plazo para escriturar y qui\u00e9n designa al escribano<\/h2>\n\n<p>El boleto debe fijar una <strong>fecha o plazo cierto<\/strong> para otorgar la escritura, y no una f\u00f3rmula vaga (\u00aba la brevedad\u00bb, \u00abcuando la documentaci\u00f3n est\u00e9 lista\u00bb). Puntos a revisar:<\/p>\n\n<ul>\n  <li><strong>Plazo razonable.<\/strong> Debe alcanzar para pedir certificados de dominio e inhibiciones, estudiar los antecedentes del t\u00edtulo y resolver cualquier observaci\u00f3n. Un plazo de 30 a 45 d\u00edas es habitual en operaciones simples.<\/li>\n  <li><strong>Qui\u00e9n elige al escribano.<\/strong> Por uso y costumbre lo designa la parte compradora, salvo en operaciones con <a href=\"\/hipotecas.html\">hipoteca<\/a>, donde suele designarlo la parte del banco o del acreedor. Que el boleto lo diga con nombre o al menos con el criterio de designaci\u00f3n.<\/li>\n  <li><strong>Condiciones suspensivas.<\/strong> Si la escritura depende de algo (aprobaci\u00f3n de un cr\u00e9dito, levantamiento de un embargo, terminaci\u00f3n de una sucesi\u00f3n), el boleto debe decir qu\u00e9 pasa \u2014y qu\u00e9 se devuelve\u2014 si esa condici\u00f3n no se cumple en plazo.<\/li>\n<\/ul>\n\n<h2>5. La posesi\u00f3n: cu\u00e1ndo se entrega y en qu\u00e9 estado<\/h2>\n\n<p>La entrega de la posesi\u00f3n y la firma de la escritura no siempre coinciden, y ah\u00ed nacen conflictos evitables:<\/p>\n\n<ul>\n  <li><strong>Momento de entrega:<\/strong> lo m\u00e1s prolijo es entregar la posesi\u00f3n en el acto de escritura. Si se pacta antes \u2014o despu\u00e9s\u2014, deben regularse expresamente los riesgos, qui\u00e9n paga impuestos y servicios en el intervalo, y qu\u00e9 seguro cubre el inmueble. Sobre los riesgos particulares del <a href=\"\/an\/boleto-sin-posesion.html\">boleto sin entrega de posesi\u00f3n<\/a> tenemos una nota espec\u00edfica.<\/li>\n  <li><strong>Estado de ocupaci\u00f3n:<\/strong> el boleto debe declarar si el inmueble se entrega libre de ocupantes e intrusos. Si est\u00e1 alquilado, hay que decidir si la venta es con el contrato en curso (el comprador asume el rol de locador) o si el vendedor se obliga a entregarlo desocupado, con plazo y penalidad.<\/li>\n  <li><strong>Estado material:<\/strong> qu\u00e9 se lleva el vendedor y qu\u00e9 queda (muebles, aires acondicionados, cortinas). Una visita de verificaci\u00f3n previa a la escritura, pactada en el boleto, evita sorpresas.<\/li>\n<\/ul>\n\n<h2>6. Deudas, grav\u00e1menes y qui\u00e9n paga qu\u00e9<\/h2>\n\n<p>El inmueble puede venir con mochilas. El boleto debe establecer:<\/p>\n\n<ul>\n  <li><strong>Grav\u00e1menes declarados:<\/strong> si existe una hipoteca, c\u00f3mo y cu\u00e1ndo se cancela \u2014lo usual es cancelarla con parte del precio en el mismo acto de escritura\u2014 y qui\u00e9n asume el tr\u00e1mite.<\/li>\n  <li><strong>Deudas de expensas, ABL, AySA y servicios:<\/strong> hasta qu\u00e9 fecha las paga el vendedor y con qu\u00e9 constancias. Las expensas siguen al inmueble: si quedan impagas, el consorcio puede reclamarle al nuevo due\u00f1o, por eso el certificado de deuda de expensas es un requisito de la escritura que conviene anticipar en el boleto.<\/li>\n  <li><strong>Gastos e impuestos de la operaci\u00f3n:<\/strong> qui\u00e9n paga el impuesto de sellos, los honorarios y los gastos registrales. Publicamos un <a href=\"\/gastos-escritura-compraventa.html\">desglose completo de los gastos de escrituraci\u00f3n en CABA<\/a> que sirve como referencia para negociar esta cl\u00e1usula con informaci\u00f3n real.<\/li>\n<\/ul>\n\n<h2>7. Mora e incumplimiento: qu\u00e9 pasa si algo falla<\/h2>\n\n<p>Es la cl\u00e1usula que nadie quiere usar y la que m\u00e1s importa cuando la operaci\u00f3n se complica:<\/p>\n\n<ul>\n  <li><strong>Mora autom\u00e1tica:<\/strong> lo habitual es pactar que la mora se produce de pleno derecho, sin necesidad de intimaci\u00f3n. Verifique que rija para ambas partes y no solo para el comprador.<\/li>\n  <li><strong>Cl\u00e1usula resolutoria (pacto comisorio):<\/strong> c\u00f3mo se resuelve el contrato ante el incumplimiento (art\u00edculos 1086 a 1088 del C\u00f3digo Civil y Comercial), qu\u00e9 plazo de gracia hay y qu\u00e9 se restituye.<\/li>\n  <li><strong>Penalidades:<\/strong> intereses por atraso en los pagos, multa diaria por demora en entregar la posesi\u00f3n, y la cl\u00e1sica p\u00e9rdida de la se\u00f1a o devoluci\u00f3n doblada si el esquema es penitencial. Revise que las penalidades sean <strong>sim\u00e9tricas y proporcionales<\/strong>: los boletos de formulario suelen castigar al comprador y dejar al vendedor casi sin consecuencias.<\/li>\n  <li><strong>Jurisdicci\u00f3n y notificaciones:<\/strong> domicilios constituidos (incluido un correo electr\u00f3nico) y tribunales competentes.<\/li>\n<\/ul>\n\n<h2>El rol del escribano antes de firmar<\/h2>\n\n<p>El error m\u00e1s com\u00fan no est\u00e1 en ninguna cl\u00e1usula: es firmar el boleto sin asesoramiento y consultar al escribano despu\u00e9s, cuando ya no hay margen para negociar. Un <a href=\"\/asesoramiento-juridico-notarial.html\">asesoramiento notarial previo<\/a> t\u00edpico incluye:<\/p>\n\n<ul>\n  <li><strong>Lectura del boleto propuesto,<\/strong> con informe de los puntos de riesgo y propuesta de modificaciones.<\/li>\n  <li><strong>Pedido de informes de dominio e inhibiciones,<\/strong> para confirmar titularidad y detectar embargos o hipotecas no declaradas antes de entregar dinero.<\/li>\n  <li><strong>Verificaci\u00f3n de la personer\u00eda<\/strong> de quien firma (poderes, representaci\u00f3n de sociedades, asentimiento conyugal).<\/li>\n  <li><strong><a href=\"\/certificaciones-escribano.html\">Certificaci\u00f3n de firmas<\/a> del boleto,<\/strong> que le da fecha cierta y habilita la protecci\u00f3n de los art\u00edculos 1170 y 1171.<\/li>\n<\/ul>\n\n<div class=\"highlight\">\n  En la escriban\u00eda revisamos boletos tanto para compradores como para vendedores. <strong>La revisi\u00f3n previa cuesta una fracci\u00f3n de lo que cuesta un conflicto<\/strong>, y en la mayor\u00eda de los casos se resuelve en pocos d\u00edas.\n<\/div>\n\n<h2>Preguntas r\u00e1pidas<\/h2>\n\n<h3>\u00bfEl boleto de compraventa me convierte en due\u00f1o?<\/h3>\n<p>No. La propiedad se adquiere con la escritura p\u00fablica y su inscripci\u00f3n en el Registro de la Propiedad Inmueble. El boleto obliga a las partes a escriturar y, si tiene fecha cierta y se pag\u00f3 al menos el 25% del precio, protege al comprador frente a embargos posteriores y frente al concurso o quiebra del vendedor.<\/p>\n\n<h3>\u00bfEs obligatorio firmar un boleto antes de la escritura?<\/h3>\n<p>No es obligatorio. En operaciones simples y r\u00e1pidas puede convenir una reserva e ir directamente a escritura. El boleto se justifica cuando hay plazos, pagos escalonados, financiaci\u00f3n o condiciones que cumplir antes de escriturar.<\/p>\n\n<h3>\u00bfPuedo arrepentirme despu\u00e9s de firmar el boleto y entregar la se\u00f1a?<\/h3>\n<p>Solo si el boleto lo pact\u00f3 expresamente. Desde el C\u00f3digo Civil y Comercial la se\u00f1a se presume confirmatoria: sin pacto de arrepentimiento, ninguna parte puede echarse atr\u00e1s perdiendo la se\u00f1a o devolvi\u00e9ndola doblada; el contrato debe cumplirse.<\/p>\n\n<h3>\u00bfConviene certificar las firmas del boleto ante escribano?<\/h3>\n<p>S\u00ed. La certificaci\u00f3n notarial de firmas da fecha cierta al boleto, requisito para que el comprador pueda oponerlo a terceros, a embargos posteriores y al concurso o quiebra del vendedor. Adem\u00e1s, el escribano verifica la identidad de los firmantes y la representaci\u00f3n invocada.<\/p>\n\n<div class=\"highlight\">\n  <strong>\u00bfLe presentaron un boleto para firmar, o est\u00e1 por vender y quiere un boleto que lo proteja?<\/strong> En la escriban\u00eda lo revisamos cl\u00e1usula por cl\u00e1usula, pedimos los informes de dominio y le informamos los riesgos concretos antes de que firme. Puede consultarnos al <a href=\"tel:+541145761539\">4576-1539<\/a> o por correo a <a href=\"mailto:escribanovildosola@gmail.com\">escribanovildosola@gmail.com<\/a>. Tambi\u00e9n puede ver m\u00e1s respuestas en nuestras <a href=\"\/preguntas-frecuentes-escribania.html\">preguntas frecuentes<\/a>.\n<\/div>\n\n<div class=\"warning\">\n  Este art\u00edculo tiene fines informativos y no constituye asesoramiento sobre una operaci\u00f3n en particular. Cada boleto debe analizarse seg\u00fan las circunstancias concretas de la operaci\u00f3n. Para revisar el suyo, <a href=\"\/contacto.html\">cont\u00e1ctenos<\/a> o ll\u00e1menos al <a href=\"tel:+541145761539\">4576-1539<\/a>.\n<\/div>\n\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El boleto fija precio, plazos y consecuencias si algo sale mal \u2014 y muchas veces se firma sin leerlo. Las 7 cl\u00e1usulas que conviene revisar con un escribano antes de firmar: partes y t\u00edtulo, moneda de pago, se\u00f1a, plazos, posesi\u00f3n, deudas y mora.<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[8],"tags":[47,28,5,48,17,49],"class_list":["post-37","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-servicios-notariales","tag-boleto-de-compraventa","tag-compraventa","tag-escrituras","tag-fecha-cierta","tag-inmuebles","tag-sena"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.escribaniavildosola.com.ar\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/37","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.escribaniavildosola.com.ar\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.escribaniavildosola.com.ar\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.escribaniavildosola.com.ar\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.escribaniavildosola.com.ar\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=37"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/www.escribaniavildosola.com.ar\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/37\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":38,"href":"https:\/\/www.escribaniavildosola.com.ar\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/37\/revisions\/38"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.escribaniavildosola.com.ar\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=37"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.escribaniavildosola.com.ar\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=37"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.escribaniavildosola.com.ar\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=37"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}