{"id":35,"date":"2026-08-15T10:13:15","date_gmt":"2026-08-15T13:13:15","guid":{"rendered":"https:\/\/www.escribaniavildosola.com.ar\/blog\/?p=35"},"modified":"2026-08-15T10:13:15","modified_gmt":"2026-08-15T13:13:15","slug":"poder-desde-el-exterior-argentina","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.escribaniavildosola.com.ar\/blog\/poder-desde-el-exterior-argentina\/","title":{"rendered":"Poder desde el exterior: c\u00f3mo otorgarlo si usted vive fuera de la Argentina"},"content":{"rendered":"\n<p>Vender una propiedad, firmar una escritura, tramitar una sucesi\u00f3n, cobrar una jubilaci\u00f3n o resolver un tema bancario: miles de argentinos que residen en el exterior necesitan, en alg\u00fan momento, hacer un tr\u00e1mite en el pa\u00eds sin viajar. La herramienta para eso es el <a href=\"\/poderes.html\"><strong>poder notarial<\/strong><\/a>: un documento por el cual usted designa a una persona de confianza \u2014un familiar, un abogado\u2014 para que act\u00fae en su nombre ante escribanos, bancos y organismos p\u00fablicos.<\/p>\n\n<p>La buena noticia es que el poder puede otorgarse \u00edntegramente desde el pa\u00eds donde usted vive. Hay <strong>dos caminos posibles<\/strong>, y elegir bien entre ellos puede ahorrarle semanas de demora y costos innecesarios. En esta gu\u00eda explicamos ambos, con la apostilla, los costos y los plazos que debe esperar.<\/p>\n\n<h2>\u00bfPara qu\u00e9 sirve un poder otorgado desde el exterior?<\/h2>\n\n<p>Los casos m\u00e1s frecuentes que vemos en la escriban\u00eda son:<\/p>\n\n<ul>\n  <li><strong>Vender o comprar un inmueble en la Argentina:<\/strong> el apoderado firma el boleto y la escritura en su nombre (vea tambi\u00e9n los <a href=\"\/gastos-escritura-compraventa.html\">gastos de una escrituraci\u00f3n<\/a>).<\/li>\n  <li><strong>Tramitar una <a href=\"\/sucesiones.html\">sucesi\u00f3n<\/a>:<\/strong> representar a un heredero que vive afuera durante todo el proceso.<\/li>\n  <li><strong>Cobrar haberes de ANSES:<\/strong> jubilaciones y pensiones de residentes en el exterior.<\/li>\n  <li><strong>Tr\u00e1mites bancarios y fiscales:<\/strong> cerrar o administrar cuentas, gestiones ante ARCA.<\/li>\n  <li><strong>Juicios y tr\u00e1mites administrativos:<\/strong> otorgar poder judicial a un abogado.<\/li>\n  <li><strong>Sociedades:<\/strong> representaci\u00f3n en asambleas o gestiones societarias.<\/li>\n<\/ul>\n\n<div class=\"highlight\">\n  <strong>Un consejo antes de empezar:<\/strong> siempre conviene que el texto del poder lo redacte el escribano que despu\u00e9s va a usarlo en la Argentina. Un poder mal redactado \u2014demasiado gen\u00e9rico, o sin las facultades espec\u00edficas que exige el tr\u00e1mite\u2014 puede ser rechazado y obligarlo a repetir todo el proceso.\n<\/div>\n\n<h2>Los dos caminos posibles<\/h2>\n\n<div class=\"table-wrap\">\n  <table>\n    <thead>\n      <tr>\n        <th scope=\"col\">&nbsp;<\/th>\n        <th scope=\"col\">Consulado argentino<\/th>\n        <th scope=\"col\">Notario local + apostilla<\/th>\n      <\/tr>\n    <\/thead>\n    <tbody>\n      <tr><th scope=\"row\">\u00bfQui\u00e9n interviene?<\/th><td>El c\u00f3nsul argentino, con funciones notariales<\/td><td>Un notario del pa\u00eds donde usted vive<\/td><\/tr>\n      <tr><th scope=\"row\">\u00bfNecesita apostilla?<\/th><td>No<\/td><td>S\u00ed (o legalizaci\u00f3n consular)<\/td><\/tr>\n      <tr><th scope=\"row\">\u00bfNecesita traducci\u00f3n?<\/th><td>No: se otorga en espa\u00f1ol<\/td><td>S\u00ed, si el documento queda en otro idioma<\/td><\/tr>\n      <tr><th scope=\"row\">Demora t\u00edpica<\/th><td>Depende del turno: de d\u00edas a varias semanas<\/td><td>D\u00edas, m\u00e1s el env\u00edo a la Argentina<\/td><\/tr>\n    <\/tbody>\n  <\/table>\n<\/div>\n\n<h2>Opci\u00f3n 1: otorgar el poder en el consulado argentino<\/h2>\n\n<p>Los consulados argentinos ejercen funciones notariales: el poder que usted firma ante el c\u00f3nsul es un <strong>instrumento p\u00fablico argentino<\/strong>, con el mismo valor que una escritura otorgada en el pa\u00eds. Esta es su gran ventaja: <strong>no necesita apostilla, legalizaci\u00f3n posterior ni traducci\u00f3n<\/strong>. Llega a la Argentina listo para usarse.<\/p>\n\n<p>El tr\u00e1mite, paso a paso:<\/p>\n\n<ol class=\"steps\">\n  <li><strong>Pida la minuta a la escriban\u00eda:<\/strong> le preparamos el texto exacto del poder seg\u00fan el tr\u00e1mite que necesita hacer.<\/li>\n  <li><strong>Solicite turno<\/strong> en el consulado de su jurisdicci\u00f3n, a trav\u00e9s del sistema de turnos online del consulado.<\/li>\n  <li><strong>Pres\u00e9ntese con su documento argentino vigente<\/strong> (DNI o pasaporte) y los datos completos del apoderado: nombre, DNI, domicilio.<\/li>\n  <li><strong>Firme ante el c\u00f3nsul<\/strong> y abone el arancel consular.<\/li>\n  <li><strong>Env\u00ede el poder a la Argentina<\/strong> por correo o courier, o con alguien de confianza.<\/li>\n<\/ol>\n\n<p><strong>La contra:<\/strong> en ciudades con mucha comunidad argentina (Madrid, Barcelona, Miami, Roma), los turnos pueden demorar semanas. Y si usted vive lejos de la ciudad donde est\u00e1 el consulado, hay que sumar el viaje.<\/p>\n\n<h2>Opci\u00f3n 2: firmar ante un notario del pa\u00eds donde vive<\/h2>\n\n<p>La alternativa es otorgar el poder ante un <strong>notario local<\/strong> (un <em>notary public<\/em> en Estados Unidos, un notario en Espa\u00f1a, etc\u00e9tera). Es generalmente el camino m\u00e1s r\u00e1pido, porque hay notarios en todas partes y sin las demoras de turnos consulares. Pero requiere pasos adicionales para que el documento tenga efectos en la Argentina:<\/p>\n\n<ol class=\"steps\">\n  <li><strong>La escriban\u00eda redacta la minuta,<\/strong> en espa\u00f1ol o en formato biling\u00fce seg\u00fan el pa\u00eds.<\/li>\n  <li><strong>Usted firma ante el notario local,<\/strong> que certifica su firma o formaliza el acto seg\u00fan las reglas de su pa\u00eds.<\/li>\n  <li><strong>Se apostilla el documento<\/strong> (vea el punto siguiente).<\/li>\n  <li><strong>Se env\u00eda a la Argentina.<\/strong><\/li>\n  <li><strong>Si el documento qued\u00f3 redactado en otro idioma,<\/strong> en la Argentina se hace la traducci\u00f3n p\u00fablica por traductor matriculado y su legalizaci\u00f3n en el colegio de traductores.<\/li>\n<\/ol>\n\n<div class=\"warning\">\n  <strong>Un detalle importante:<\/strong> en algunos pa\u00edses el notario no interviene igual que un escribano argentino (por ejemplo, en Estados Unidos el <em>notary public<\/em> solo certifica la firma). Para la mayor\u00eda de los tr\u00e1mites esto funciona sin problemas, pero para actos de mayor entidad \u2014como vender un inmueble\u2014 conviene consultar antes con la escriban\u00eda para asegurarse de que la forma elegida sea aceptada. Es exactamente el tipo de verificaci\u00f3n que hacemos antes de que usted firme nada.\n<\/div>\n\n<h2>La apostilla: qu\u00e9 es y cu\u00e1ndo hace falta<\/h2>\n\n<p>La apostilla es una certificaci\u00f3n creada por la <strong>Convenci\u00f3n de La Haya de 1961<\/strong>, que permite que un documento p\u00fablico emitido en un pa\u00eds sea reconocido en otro sin m\u00e1s tr\u00e1mites. La Argentina est\u00e1 adherida, igual que la enorme mayor\u00eda de los pa\u00edses donde residen argentinos: Espa\u00f1a, Italia, Estados Unidos, Brasil, Chile, M\u00e9xico, Francia, Alemania y \u2014desde 2024\u2014 tambi\u00e9n Canad\u00e1, entre muchos otros.<\/p>\n\n<p>Cada pa\u00eds define qui\u00e9n la emite. Algunos ejemplos:<\/p>\n\n<ul>\n  <li><strong>Estados Unidos:<\/strong> la Secretar\u00eda de Estado del estado donde firm\u00f3 (tr\u00e1mite por correo o presencial, seg\u00fan el estado).<\/li>\n  <li><strong>Espa\u00f1a:<\/strong> el Colegio Notarial correspondiente; suele emitirse en el d\u00eda.<\/li>\n  <li><strong>Italia:<\/strong> la Prefettura o la Procura della Repubblica, seg\u00fan el tipo de documento.<\/li>\n<\/ul>\n\n<p><strong>Recuerde:<\/strong> el poder consular no lleva apostilla. Solo la necesita el documento otorgado ante notario extranjero.<\/p>\n\n<h2>\u00bfY si el pa\u00eds no adhiri\u00f3 a la Convenci\u00f3n de La Haya?<\/h2>\n\n<p>En los pocos pa\u00edses no adheridos, el reemplazo de la apostilla es la <strong>legalizaci\u00f3n consular<\/strong>: el documento se legaliza primero ante las autoridades locales y luego ante el consulado argentino en ese pa\u00eds. Es un tr\u00e1mite m\u00e1s largo y con m\u00e1s pasos, por lo que en estos pa\u00edses casi siempre conviene directamente la v\u00eda consular: otorgar el poder ante el c\u00f3nsul argentino y evitar toda la cadena de legalizaciones.<\/p>\n\n<h2>Costos y plazos: qu\u00e9 esperar<\/h2>\n\n<p>Los valores dependen del pa\u00eds y se actualizan peri\u00f3dicamente, pero a t\u00edtulo orientativo:<\/p>\n\n<div class=\"table-wrap\">\n  <table>\n    <thead>\n      <tr>\n        <th scope=\"col\">Concepto<\/th>\n        <th scope=\"col\">V\u00eda consular<\/th>\n        <th scope=\"col\">V\u00eda notario local + apostilla<\/th>\n      <\/tr>\n    <\/thead>\n    <tbody>\n      <tr><td>Acto notarial<\/td><td>Arancel consular (en general entre 50 y 100 d\u00f3lares)<\/td><td>Honorarios del notario local: desde unos 20\u201350 d\u00f3lares en EE.UU. hasta 60\u2013120 euros en Europa<\/td><\/tr>\n      <tr><td>Apostilla<\/td><td>No corresponde<\/td><td>Var\u00eda por pa\u00eds: desde gratuita o de bajo costo hasta 20\u201330 d\u00f3lares<\/td><\/tr>\n      <tr><td>Traducci\u00f3n p\u00fablica en Argentina<\/td><td>No corresponde<\/td><td>Seg\u00fan extensi\u00f3n del documento, si no est\u00e1 en espa\u00f1ol<\/td><\/tr>\n      <tr><td>Env\u00edo internacional<\/td><td>40\u201380 d\u00f3lares por courier<\/td><td>40\u201380 d\u00f3lares por courier<\/td><\/tr>\n      <tr><th scope=\"row\">Plazo total estimado<\/th><th>Depende del turno: de 1 a 6 semanas<\/th><th>De 1 a 3 semanas, incluido el env\u00edo<\/th><\/tr>\n    <\/tbody>\n  <\/table>\n<\/div>\n\n<p>Antes de iniciar el tr\u00e1mite, verifique el arancel vigente en el sitio del consulado o con el notario local. Y consulte a la escriban\u00eda: seg\u00fan el acto, puede haber costos de legalizaci\u00f3n o inscripci\u00f3n en la Argentina que conviene prever desde el principio.<\/p>\n\n<h2>\u00bfSe puede hacer por videollamada?<\/h2>\n\n<p>Es una consulta cada vez m\u00e1s frecuente. La <a href=\"\/certificacion-firma-digital-remota.html\">certificaci\u00f3n remota de firmas<\/a> permite certificar firmas por videollamada sobre documentos digitales, y puede ser una soluci\u00f3n para ciertos tr\u00e1mites simples. Pero los poderes que requieren <strong>escritura p\u00fablica<\/strong> \u2014como el poder para vender un inmueble\u2014 no pueden otorgarse por ese medio: necesitan la intervenci\u00f3n presencial del c\u00f3nsul o del notario local. Si tiene dudas sobre qu\u00e9 forma exige su tr\u00e1mite, cons\u00faltenos antes de decidir el camino.<\/p>\n\n<h2>C\u00f3mo lo trabajamos desde la escriban\u00eda<\/h2>\n\n<p>Acompa\u00f1amos el tr\u00e1mite de punta a punta para que usted solo tenga que firmar:<\/p>\n\n<ul>\n  <li><strong>Redactamos la minuta del poder<\/strong> con las facultades exactas que exige su tr\u00e1mite, en espa\u00f1ol o biling\u00fce.<\/li>\n  <li><strong>Le indicamos el camino m\u00e1s conveniente<\/strong> seg\u00fan su pa\u00eds, su ciudad y la urgencia del caso.<\/li>\n  <li><strong>Recibimos el documento en Buenos Aires<\/strong> y gestionamos la traducci\u00f3n p\u00fablica y las legalizaciones que hagan falta.<\/li>\n  <li><strong>Verificamos que el poder sirva para el acto concreto:<\/strong> escritura, sucesi\u00f3n, banco u organismo p\u00fablico.<\/li>\n<\/ul>\n\n<h2>Preguntas r\u00e1pidas<\/h2>\n\n<h3>\u00bfEl poder firmado en el consulado argentino necesita apostilla?<\/h3>\n<p>No. El poder otorgado ante un c\u00f3nsul argentino es un instrumento p\u00fablico argentino y llega al pa\u00eds listo para usarse, sin apostilla, legalizaci\u00f3n ni traducci\u00f3n.<\/p>\n\n<h3>\u00bfCu\u00e1nto tarda hacer un poder desde el exterior?<\/h3>\n<p>Por la v\u00eda consular, depende del turno: entre una y seis semanas seg\u00fan la ciudad. Ante un notario local con apostilla, el tr\u00e1mite suele completarse en una a tres semanas, incluido el env\u00edo a la Argentina.<\/p>\n\n<h3>\u00bfEl poder otorgado en el extranjero vence?<\/h3>\n<p>No tiene un vencimiento autom\u00e1tico: rige hasta que usted lo revoque o fallezca, o hasta que se cumpla el acto para el que fue otorgado. Tenga en cuenta que algunos bancos y organismos piden que el poder tenga una antig\u00fcedad menor a cierto plazo, por lo que conviene otorgarlo cerca de la fecha del tr\u00e1mite.<\/p>\n\n<h3>\u00bfQu\u00e9 datos necesito para que la escriban\u00eda prepare la minuta?<\/h3>\n<p>Sus datos completos (nombre, DNI o pasaporte argentino, domicilio actual), los datos del apoderado (nombre, DNI, domicilio) y el detalle del tr\u00e1mite a realizar: qu\u00e9 inmueble se vende, qu\u00e9 sucesi\u00f3n se tramita, ante qu\u00e9 banco u organismo se actuar\u00e1.<\/p>\n\n<h3>\u00bfPuedo revocar el poder si cambio de opini\u00f3n?<\/h3>\n<p>S\u00ed, en cualquier momento, mediante una escritura de revocaci\u00f3n que puede otorgarse en la Argentina o nuevamente desde el exterior. Es recomendable notificar la revocaci\u00f3n al apoderado y a quienes vayan a tratar con \u00e9l.<\/p>\n\n<div class=\"highlight\">\n  <strong>\u00bfVive en el exterior y necesita otorgar un poder?<\/strong> Escr\u00edbanos desde la <a href=\"\/contacto.html\">p\u00e1gina de contacto<\/a> o ll\u00e1menos al <a href=\"tel:+541145761539\">4576-1539<\/a> (lunes a viernes de 11 a 17 h). Le preparamos la minuta y le indicamos el camino m\u00e1s r\u00e1pido seg\u00fan su pa\u00eds. M\u00e1s respuestas en nuestras <a href=\"\/preguntas-frecuentes-escribania.html\">preguntas frecuentes<\/a>.\n<\/div>\n\n<div class=\"warning\">\n  Este art\u00edculo tiene fines informativos y no constituye asesoramiento sobre un tr\u00e1mite en particular. Los aranceles y procedimientos consulares y notariales var\u00edan seg\u00fan el pa\u00eds y se actualizan peri\u00f3dicamente. Para analizar su caso concreto, <a href=\"\/contacto.html\">cont\u00e1ctenos<\/a> o ll\u00e1menos al <a href=\"tel:+541145761539\">4576-1539<\/a>.\n<\/div>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>\u00bfVive fuera de la Argentina y necesita vender, tramitar una sucesi\u00f3n o cobrar ANSES? El poder se puede otorgar desde donde est\u00e9: comparamos la v\u00eda consular y el notario local con apostilla, con costos, plazos y los pasos exactos de cada camino.<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[8],"tags":[44,46,45,43,12],"class_list":["post-35","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-servicios-notariales","tag-apostilla","tag-argentinos-en-el-exterior","tag-consulado","tag-poderes","tag-tramites-a-distancia"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.escribaniavildosola.com.ar\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/35","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.escribaniavildosola.com.ar\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.escribaniavildosola.com.ar\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.escribaniavildosola.com.ar\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.escribaniavildosola.com.ar\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=35"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/www.escribaniavildosola.com.ar\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/35\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":36,"href":"https:\/\/www.escribaniavildosola.com.ar\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/35\/revisions\/36"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.escribaniavildosola.com.ar\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=35"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.escribaniavildosola.com.ar\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=35"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.escribaniavildosola.com.ar\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=35"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}