{"id":144,"date":"2026-08-21T17:21:31","date_gmt":"2026-08-21T20:21:31","guid":{"rendered":"https:\/\/www.escribaniavildosola.com.ar\/blog\/?p=144"},"modified":"2026-08-21T17:21:31","modified_gmt":"2026-08-21T20:21:31","slug":"articulo-123-sociedades-extranjeras","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.escribaniavildosola.com.ar\/blog\/articulo-123-sociedades-extranjeras\/","title":{"rendered":"El art\u00edculo 123: el tr\u00e1mite previo que traba los closings"},"content":{"rendered":"<p>Est\u00e1 el t\u00e9rmino sheet firmado, el cierre agendado y los fondos listos. Y entonces alguien pregunta: <em>&#8220;\u00bfla sociedad extranjera ya est\u00e1 inscripta por el 123?&#8221;<\/em> Silencio en la sala. El <strong>art\u00edculo 123 de la Ley General de Sociedades<\/strong> es el tr\u00e1mite previo m\u00e1s subestimado del derecho societario argentino: la sociedad constituida en el extranjero que quiera <strong>participar como socia o accionista de una sociedad argentina<\/strong> debe inscribirse antes en el Registro P\u00fablico. Sin esa inscripci\u00f3n, no hay constituci\u00f3n, no hay compra de acciones, no hay asamblea v\u00e1lida \u2014 no hay closing.<\/p>\n<div class=\"gold-box\">\n<p><strong>En resumen:<\/strong> antes de que una empresa extranjera pueda constituir una filial, comprar participaciones o integrar el <a href=\"\/blog\/rigi-vehiculo-proyecto-unico-vpu\/\">VPU de un proyecto RIGI<\/a>, debe inscribirse por el art. 123 ante el Registro P\u00fablico de la jurisdicci\u00f3n (en CABA, la IGJ) \u2014 con sus estatutos y constancias <strong>apostillados, traducidos y protocolizados<\/strong>, un <strong>representante legal<\/strong> designado y una <strong>sede<\/strong> constituida en el pa\u00eds. Es el eslab\u00f3n que m\u00e1s closings demora, precisamente porque se descubre tarde. La regla: <strong>empezar por el 123<\/strong>.<\/p>\n<\/div>\n<h2>Qu\u00e9 es (y qu\u00e9 no es)<\/h2>\n<ul>\n<li><strong>Es<\/strong> la registraci\u00f3n de la sociedad extranjera <em>en su car\u00e1cter de futura socia<\/em> de sociedades argentinas: la habilita a fundar, comprar participaciones y ejercer sus derechos de socia (votar en asambleas, cobrar dividendos, suscribir aumentos).<\/li>\n<li><strong>No es<\/strong> la habilitaci\u00f3n para operar comercialmente en el pa\u00eds por s\u00ed misma \u2014 para eso est\u00e1 la sucursal del art. 118, que es otro tr\u00e1mite con otros efectos: la comparaci\u00f3n completa, en <a href=\"\/blog\/instalar-empresa-extranjera-argentina\/\">nuestra gu\u00eda de estructuras<\/a>.<\/li>\n<li><strong>No es opcional:<\/strong> la participaci\u00f3n de una extranjera no inscripta genera consecuencias serias \u2014 desde observaciones registrales que bloquean la inscripci\u00f3n de la sociedad local hasta cuestionamientos sobre los actos societarios en los que vot\u00f3.<\/li>\n<\/ul>\n<h2>El expediente t\u00edpico (en CABA, ante la IGJ)<\/h2>\n<ol class=\"steps\">\n<li><strong>Documentaci\u00f3n de la sociedad extranjera:<\/strong> estatutos o instrumento constitutivo, constancia de vigencia emitida por la autoridad de su pa\u00eds, y la resoluci\u00f3n social que decide inscribirse en la Argentina y designa representante.<\/li>\n<li><strong>Cadena de validaci\u00f3n:<\/strong> apostilla (o legalizaci\u00f3n consular) en origen \u2192 traducci\u00f3n p\u00fablica en la Argentina \u2192 protocolizaci\u00f3n ante escribano cuando el tr\u00e1mite lo requiere.<\/li>\n<li><strong>Representante legal:<\/strong> acepta el cargo, constituye domicilios y cumple los requisitos del organismo. Su designaci\u00f3n y facultades deben quedar impecables \u2014 es quien va a firmar por la sociedad en cada acto argentino.<\/li>\n<li><strong>Declaraciones exigidas por la normativa registral<\/strong> \u2014 composici\u00f3n accionaria, beneficiario final y dem\u00e1s recaudos que la IGJ actualiza peri\u00f3dicamente (los verificamos al armar cada legajo; el criterio del organismo ha cambiado varias veces en los \u00faltimos a\u00f1os).<\/li>\n<li><strong>Presentaci\u00f3n e inscripci\u00f3n.<\/strong> Con el 123 inscripto, la sociedad extranjera ya puede comparecer \u2014 por su representante \u2014 en la escritura o instrumento de constituci\u00f3n de la sociedad argentina.<\/li>\n<\/ol>\n<h2>Los tres errores que m\u00e1s closings demoran<\/h2>\n<ul>\n<li><strong>Descubrir el 123 a dos semanas del cierre.<\/strong> La cadena apostilla-traducci\u00f3n-protocolizaci\u00f3n depende de terceros en otro pa\u00eds; comprimirse contra la fecha del closing es la receta del estr\u00e9s. Es el primer tr\u00e1mite que debe dispararse, no el \u00faltimo.<\/li>\n<li><strong>Documentos de origen incompletos o vencidos:<\/strong> constancias de vigencia con fecha pasada, resoluciones sociales que no dicen lo que el registro exige, cadenas de firmas incompletas. Revisar los borradores <em>antes<\/em> de apostillar evita repetir todo el circuito.<\/li>\n<li><strong>El representante como formalidad:<\/strong> designar a cualquiera &#8220;para cumplir&#8221; y despu\u00e9s descubrir que hace falta su firma para todo. La elecci\u00f3n del representante y el dise\u00f1o de sus facultades \u2014 y de los <a href=\"\/blog\/poderes-corporativos-empresas-extranjeras\/\">poderes complementarios<\/a> \u2014 es una decisi\u00f3n operativa, no un casillero.<\/li>\n<\/ul>\n<div class=\"gold-box\">\n<p><strong>\u00bfHay una sociedad extranjera en la estructura de su proyecto?<\/strong> Entonces hay un 123 en su camino cr\u00edtico. Escr\u00edbanos por <a href=\"\/contacto.html\">el formulario de contacto<\/a>: revisamos la documentaci\u00f3n de origen antes de que viaje a apostillarse y coordinamos el circuito completo hasta la inscripci\u00f3n \u2014 en di\u00e1logo con sus abogados.<\/p>\n<\/div>\n<h2>Preguntas frecuentes<\/h2>\n<div class=\"faq-item\">\n<h3 class=\"faq-q\">\u00bfCada sociedad del grupo necesita su propio 123?<\/h3>\n<div class=\"faq-a\">\n<p>Cada sociedad extranjera que vaya a ser socia directa de una sociedad argentina, s\u00ed. Si la estructura tiene varias capas, conviene definir temprano cu\u00e1l entidad del grupo ser\u00e1 la socia \u2014 y hacer un solo 123 bien elegido, en lugar de tres apurados.<\/p>\n<\/div>\n<\/div>\n<div class=\"faq-item\">\n<h3 class=\"faq-q\">\u00bfCu\u00e1nto demora?<\/h3>\n<div class=\"faq-a\">\n<p>El tramo registral argentino se mide en semanas; el cuello de botella es la documentaci\u00f3n de origen y su apostilla. Con los papeles correctos a la primera, el circuito completo es razonable; con idas y vueltas trasatl\u00e1nticas, se estira. De ah\u00ed la insistencia: borradores revisados antes de apostillar.<\/p>\n<\/div>\n<\/div>\n<div class=\"faq-item\">\n<h3 class=\"faq-q\">\u00bfEl 123 obliga a la sociedad extranjera a pagar impuestos argentinos?<\/h3>\n<div class=\"faq-a\">\n<p>La inscripci\u00f3n registral en s\u00ed no crea hechos imponibles: los efectos fiscales dependen de lo que la sociedad haga (dividendos, ventas de participaciones, etc.) y de los convenios aplicables \u2014 materia de los asesores fiscales del grupo. S\u00ed necesitar\u00e1 su clave fiscal para actuar: ver <a href=\"\/blog\/cuit-para-extranjeros-argentina\/\">CUIT para extranjeros<\/a>.<\/p>\n<\/div>\n<\/div>\n<div class=\"faq-item\">\n<h3 class=\"faq-q\">Ya constituimos la sociedad argentina sin el 123, \u00bfqu\u00e9 hacemos?<\/h3>\n<div class=\"faq-a\">\n<p>Regularizar cuanto antes: inscribir a la socia extranjera y sanear los actos que lo requieran. Cuanto m\u00e1s tiempo pasa \u2014y m\u00e1s asambleas se acumulan\u2014, m\u00e1s costoso es ordenarlo. Es un caso que vemos con frecuencia y tiene soluci\u00f3n; traigan el expediente.<\/p>\n<\/div>\n<\/div>\n<div class=\"warning\">\n<p><strong>Importante:<\/strong> esta gu\u00eda es orientativa. Los requisitos de la IGJ y de los registros provinciales cambian con frecuencia, y las estructuras societarias internacionales tienen aristas fiscales y regulatorias que exigen asesoramiento integral. Trabajamos en equipo con los estudios jur\u00eddicos de cada operaci\u00f3n.<\/p>\n<\/div>\n<p>En los closings, los h\u00e9roes son los papeles que se empezaron a tiempo. El 123 es el primero de la lista \u2014 escr\u00edbanos hoy.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La sociedad extranjera que va a ser socia de una argentina debe inscribirse ANTES en el Registro P\u00fablico \u2014 y el art. 123 se descubre siempre a dos semanas del cierre. 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